Somos un equipo que te apoya con las declaraciones de impuestos de tu pequeño negocio (tiendita, panadería, taxi, Uber, venta de comida, estética, boutique, etc) en cualquier parte del país. Nuestro servicio está dirigido a personas físicas del Régimen de Incorporación Fiscal que no emiten facturas (o emiten pocas). Somos tu mejor opción porque no tenemos las complicaciones de los servicios contables tradicionales, por ejemplo, con nosotros:
¿Te animas? Sólo necesitamos tu RFC y CONTRASEÑA del SAT. Te daremos un presupuesto gratis ¡Sin compromiso! ¡Tus datos son estrictamente confidenciales!
Es un servicio (opcional) que DeclaroFácil te ofrece. Cada bimestre te notificamos el total por los impuestos que tienes que pagar, más nuestros servicios. Tú sólo depositas ese monto en alguno de los múltiples medios de pago (Oxxo, Farmacias del Ahorro, Farmacias Guadalajara, Chedrahui, banco, transferencia interbancaria, Transfer, tarjeta de débito o crédito) y listo. Nosotros pagamos tus impuestos ante Hacienda, y el comprobante lo puedes consultar en cualquier momento dentro tu expediente digital.
¿Todavía guardas tus documentos impresos debajo del colchón?
Con el tiempo se borran, humedecen o se acumulan en gran cantidad.
En DeclaroFácil, todas las declaraciones, formatos y comprobantes de pago, constancias de situación fiscal y opiniones de cumplimiento que hayas hecho con nosotros, están guardas en la nube. Puedes acceder a ellas desde tu computadora, tablet o celular para que consultes, descargues, imprimas, compartas o archives lo que quieras, cuando quieras. A éste servicio sólo tienen acceso nuestros clientes “1SóloPago”.
El Sistema de Administración Tributaria, por sus siglas “SAT”, es el organismo Federal, perteneciente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, encargado de aplicar las leyes fiscales a las personas físicas y a las personas morales (empresas). En otras palabras, es la encargada de vigilar que todos paguemos impuestos.
Básicamente consiste en informarle a Gobierno cuánto ganas y cuanto gastas; pero… ¿por qué hacerlo? Por un lado, es la obligación constitucional que tenemos todos los mexicanos de aportar para el gasto público del país. Por otro lado, no pagar impuestos te puede traer problemas con Hacienda, como “invitaciones”, requerimientos, multas y embargos, que te puedes ahorrar si declaras a tiempo y en forma. En DeclaroFácil es muy sencillo.
Para el Régimen de Incorporación Fiscal existe un beneficio excelente: El “porcentaje de reducción”. Durante tu primer año en éste régimen (llamémosle el año “cero”), tienes que declarar, pero tu impuesto es condonado en un 100%. No hay que pagar nada.
El siguiente año, (llamémosle el año “uno”) el gobierno te condona el 90% de tu impuesto, y tú solo pagas el 10%. Durante el año “dos”, se te condona el 80% y tu pagarás el 20%. Así sucesivamente… hasta que en el año “diez” pagues el total de tu impuesto, y el Gobierno te condone 0%.
Para el Régimen de Incorporación Fiscal (pequeños negocios), existen 3 tipos de impuestos: ISR, IVA, IEPS, pero no todos aplican para todas las actividades. Para saberlo, consultamos tu constancia de situación fiscal.
Las declaraciones de impuestos se hacen por régimen, y no por actividad.
Por ejemplo, imaginemos que Pedro Fácil tiene un taller mecánico y también un taxi, pero además es empleado de Gobierno federal. A él le correspondería hacer dos declaraciones: una anual como asalariado (pues éste régimen tiene sus propias reglas), y una bimestral como Incorporación Fiscal, por sus dos pequeños negocios. Hay varias formas de declarar:
La utilidad es igual a tus ingresos (ya sea al público en general y/o aquellos por los cuales emitiste factura) menos tus gastos (aquellos que puedas comprobar con facturas). En otras palabras, la “utilidad” es tu ganancia, es decir, el dinero que te queda libre en un bimestre (o sea, dos meses). Cabe aclarar que el Gobierno no te cobra por cuánto te ingresa, sino por tu utilidad. Por ejemplo: Pedro ganó 10 mil pesos bimestrales, y demuestras (con facturas) que gastó mil pesos, entonces su utilidad sería de 9 mil pesos. En este caso, pagaría el mismo impuesto que aquella persona que gana 100 mil pesos y demuestra 91 mil de gastos, porque su utilidad también sería 9 mil pesos.
En Declaro Fácil, tú nos indicas cuál es la utilidad aproximada bimestral. Nosotros nos ajustamos y declararemos de manera predeterminada. Si tu utilidad varía, solo indícanos oportunamente antes de que termine el bimestre a declarar.
Existen dos formas de accesar al portal del SAT para realizar las declaraciones de impuestos: por medio de CONTRASEÑA, o por medio de FIEL. La CONTRASEÑA, así, a secas, es una clave de 8 caracteres (letra y números). Puedes acudir personalmente a las oficinas del SAT por única ocasión, y en 15 minutos lo tramitarán. Te van a solicitar un correo electrónico y copia de tu identificación oficial. Ojo: no confundas la CONTRASEÑA del SAT, que la contraseña del correo. No es lo mismo.
La «FIEL», o «E.FIRMA», es conocida como «Firma electrónica». Es un conjunto de archivos electrónicos que puedes tramitar ante el SAT. Se guarda normalmente en una memoria USB. Se ocupa para realizar trámites más avanzados, como hacer cambios de domicilio. También es obligatorio para regímenes mas complejos, como el empresarial. Además de esos archivos, la «Firma electrónica» ocupa su propia contraseña de 8 caracteres.
Para las personas del Régimen de Incorporación Fiscal, basta con la simple CONTRASEÑA.
¿Qué es la declaración anual? La declaración anual consiste en presentar los datos globales, de sus ingresos y egresos, es decir, la suma de todo el año.
Ve todo el video para que conozacas todos los detalles importantes de esta declaración.
El "Régimen Simplificado de Confianza" o por sus siglas "RESICO", es un nuevo Régimen Fiscal que entró en vigor el 1° de enero del año 2022.
Este Régimen incluye tanto a las personas físicas como a las personas morales.
Toda persona física que se dio de alta después de agosto de 2021 en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) pasó automáticamente a ser parte del Régimen Simplificado de Confianza a partir de que este entró en vigor.
-Si perteneces al "Régimen de Incorporación Fiscal" desde antes de agosto de 2021 puedes optar por cambiarte al RESICO o quedarte en el RIF. Las personas que se dieron de alta después de este periodo formarán parte del RESICO sin poder optar por continuar en el Régimen de Incorporación Fiscal
-Las personas físicas que realicen únicamente actividades empresariales (incluidas las agrícolas, ganaderas, pesqueras y silvícolas), servicios profesionales u otorguen el uso o goce temporal de bienes, siempre que la totalidad de los ingresos obtenidos en el ejercicio inmediato anterior, por dichas actividades, no hayan excedido de 3,500,000 pesos.
Las personas físicas que opten por tributar bajo el "Régimen Simplificado de Confianza" deberán:
Las personas físicas que opten por tributar bajo el "Régimen Simplificado de Confianza" deberán:
Para determinar el pago mensual, se deberán considerar el total de los ingresos recibidos, amparados por comprobantes fiscales (CFDI), sin incluir el impuesto al valor agregado (IVA) y sin considerar deducción alguna, a los cuales se les aplicará una tasa dependiendo de los ingresos mensuales.
Las personas físicas que opten por tributar en este régimen fiscal deberán presentar declaraciones mensuales a más tardar los días 17 del cada mes y una declaración anual. Dando un total de 13 declaraciones al año.
¿Qué es la declaración anual? La declaración anual consiste en presentar los datos globales, de sus ingresos y egresos, es decir, la suma de todo el año.
Ve todo el video para que conozacas todos los detalles importantes de esta declaración.
Primero, un “Régimen” es la forma en la que Hacienda te trata, de acuerdo al grupo de actividad o actividades a las que te dedicas. Por ejemplo, quienes reciben dinero de un patrón (asalariados, jubilados o pensionados), forman parte del “Régimen de Sueldos y Salarios”.
De la misma manera, forman parte del “Régimen de Incorporación Fiscal (RIF)" las personas físicas que tienen pequeños negocios, como tienditas, papelerías, panaderías, carnicerías, taxis, venta de comida, estética, boutique, etc. Antes de 2014, a éste régimen se le conocía como “Régimen de Pequeños Contribuyentes”, por sus iniciales, “REPECOS”.
A partir del 1° de enero del año 2022 entró en vigor un nuevo Régimen fiscal llamado "Régimen Simplificado de Confianza", por lo que las personas que se dieron de alta en hacienda después de esta fecha ya no pertenecen al Régimen de Incorporación Fiscal, así como las personas que se dieron de alta en el RIF después del mes de agosto de 2021 dejaron de pertenecer al RIF en el año 2022, pasando a formar parte del Régimen Simplificado de Confianza.
Para formar parte de este régimen, tus ingresos no deben ser mayores a 2 millones de pesos al año. Tus obligaciones son:
Tienes más pros que contras, pues tus obligaciones y tus impuestos son pocos en comparación con otros regímenes, por ejemplo, el empresarial: Veamos los PROS:
Ahora veamos los CONTRAS:
En el caso del Régimen de Incorporación Fiscal, las declaraciones son bimestrales, es decir, cada dos meses. Se presentan vía internet desde cualquier parte de la República Mexicana, por lo cual podemos atenderte sin importar dónde tengas dado de alta tu domicilio fiscal.
Lo que hagas en enero y febrero se declara en marzo. Lo de marzo y abril, en mayo y así sucesivamente hasta llegar a los meses de noviembre, y diciembre, que deben declararse en el mes de enero del siguiente año.
Digamos que toca declaración cada mes impar y para tu comodidad, DeclaroFácil te notifica por medio de SMS, correo Electrónico o Whatsapp cuando corresponda y tienes hasta EL FIN DEL mes para presentar tu declaración en tiempo y forma.
Para el Régimen de Incorporación Fiscal existe un beneficio excelente: El “porcentaje de reducción”. Durante tu primer año en éste régimen (llamémosle el año “cero”), tienes que declarar, pero tu impuesto es condonado en un 100%. No hay que pagar nada. El siguiente año, (llamémosle el año “uno”) el gobierno te condona el 90% de tu impuesto, y tú solo pagas el 10%. Durante el año “dos”, se te condona el 80% y tu pagarás el 20%. Así sucesivamente… hasta que en el año “diez” pagues el total de tu impuesto, y el Gobierno te condone 0%.
La utilidad es igual a tus ingresos (ya sea al público en general y/o aquellos por los cuales emitiste factura) menos tus gastos (aquellos que puedas comprobar con facturas). En otras palabras, la “utilidad” es tu ganancia, es decir, el dinero que te queda libre en un bimestre (o sea, dos meses).
Cabe aclarar que el Gobierno no te cobra por cuánto te ingresa, sino por tu utilidad. Por ejemplo: Pedro ganó 10 mil pesos bimestrales, y demuestras (con facturas) que gastó mil pesos, entonces su utilidad sería de 9 mil pesos. En este caso, pagaría el mismo impuesto que aquella persona que gana 100 mil pesos y demuestra 91 mil de gastos, porque su utilidad también sería 9 mil pesos.
En Declaro Fácil, tú nos indicas cuál es la utilidad aproximada bimestral. Nosotros nos ajustamos y declararemos de manera predeterminada. Si tu utilidad varía, solo indícanos oportunamente antes de que termine el bimestre a declarar.
Cuánto pagues de impuestos depende de dos cosas: la utilidad que declares, y el año de tributación en el cual te encuentres. Tomemos un ejemplo:
Pedro tiene un servicio de fletes y mudanzas. Nos dice que a él, en términos generales, le quedan libres 100 pesos diarios, o sea, aproximadamente 6 mil pesos en un bimestre (60 días). Por esta utilidad, su impuesto es de aproximadamente 350 pesos.
Sin embargo, como él se dio de alta en enero de 2017, todo ese año, declaró, y el gobierno le condonó durante 6 bimestres, ese impuesto. Pero en 2018, sólo se le condonó el 90%, por lo cual el comenzó a pagar alrededor de $35 pesos. En 2019, pagará el 20% de su impuesto, que en este caso serían $70 pesos. En 2020, el pagaría el 30%, equivalente a aproximadamente $100 pesos, y así sucesivamente.
En DeclaroFácil tú tienes el control, porque nosotros nos ajustamos a lo que tú nos indiques que es tu utilidad, la cual puedes cambiar oportunamente, cuando gustes.
Debes tener en claro lo siguiente:
1.- La cantidad, unidad de medida y descripción del servicio o producto
2.- Si lo que cobraste fue con o sin IVA incluido
3.- La forma de pago
Debes solicitar a tu cliente los siguientes datos básicos:
1.- Nombre completo o razón social
2.- RFC
3.- Correo electrónico para enviarle su factura
Además puedes recabar información adicional (opcional) como:
1.- Uso de CFDI (El uso que le dará a la factura)
2.- Número de teléfono, para contacto
Podemos enseñarte a hacer tu factura en línea o la hacemos y enviamos por ti (consulta precios).
Cuando adquieras algún producto o servicio estrictamente necesario para el desarrollo de tu actividad, pide que te facturen. Te van a pedir datos fiscales como nombre completo, RFC, dirección, teléfono, y correo para enviarte la factura. Si te preguntan el “Uso de CFDI” (o sea, el uso que le darás al Comprobante Fiscal), diles que es para “gastos en general”.
ATENCIÓN: En DeclaroFácil no necesitamos que nos envíes tus facturas a nuestra cuenta. Mucho menos necesitamos entrar a tu correo, puesto que nosotros rastreamos las facturas directamente desde el SAT con tu RFC y contraseña. Tú simplemente pide factura, da el correo que quieras, y listo.
Ojo, debes cuidar lo siguiente: La suma bimestral de la gasolina facturada y pagada en efectivo, no debe exceder los 2 mil pesos. La suma bimestral de los “otros gastos” facturados y pagados en efectivo, no debe exceder los 5 mil pesos. Si vas a exceder estos montos, deberías pagar con medios electrónicos como tarjeta, transferencia o cheque.